miércoles, 19 de diciembre de 2012

NUEVA REGULACIÓN EASA-OPS

Desde el 25 de octubre de 2012 se encuentra publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento 965/2012, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos en relación con las operaciones aéreas. Dicho Reglamento se encuentra en vigor desde el 28 de octubre. Sin embargo, España se ha acogido a la posibilidad de aplicar las disposiciones de este Reglamento a partir del 28 de octubre de 2014, es decir, deja un margen de dos años como periodo de transición para que los operadores aéreos introduzcan y apliquen los cambios que conlleva la nueva normativa.
La nueva normativa resultante del desarrollo de los reglamentos europeos se conoce abreviadamente como IRs-OPS o EASA-OPS y, aunque consta de 8 anexos, en el momento actual se encuentran publicados 5 de ellos:

- Definiciones
- ARO: Requisitos para la autoridad
- ORO: Requisitos para la organización
- CAT: Requisitos para el transporte aéreo comercial
- SPA: Requisitos para operaciones que requieran aprobaciones específicas

Los hitos más significativos que espera AESA de los operadores durante el periodo de transición son los siguientes:

- Envío de la matriz de transición: antes del 31 de enero de 2013
- Envío del Manual de Operaciones adaptado a la nueva norma: antes de julio de 2013

La formación al personal y la implantación de los nuevos procedimientos deberán hacerse con la antelación suficiente, antes de la fecha límite de octubre de 2004, para que AESA tenga tiempo suficiente para inspeccionar a los operadores y cumplir con el plazo objetivo de 28 de octubre de 2014.
Todo lo anterior quiere decir que los operadores han de ponerse a trabajar inmediatamente con el fin de, en primer lugar, diagnosticar el alcance de lo que va a conllevar implantar los cambios en sus manuales y en la organización y en segundo lugar llevar a efecto todos los cambios requeridos.
En algunas compañías quizás el alcance sea menor, pero en otras puede requerir una revisión profunda de su organización, ya que la nueva norma es exigente en la parte ORO-GEN, en lo que se refiere al Sistema de Gestión, puesto que se requerirá tener implantado un Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional y una función de control de conformidad con los requisitos aplicables.
Esperemos que todo ello conlleve una mejora de los procesos de gestión de los operadores sin que produzca la "parálisis por el análisis" de aquellos con menos recursos organizativos.

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